En cumplimiento y con fundamento en lo establecido por los artículos 300 de la L

En cumplimiento y con fundamento en lo establecido por los artículos 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; artículo 348 del Código Electoral del Estado de México; artículo 107 del Bando Municipal Vigente de Texcalyacac; así como el Acuerdo de Cabildo de fecha 01 de junio del presente año. Se realizó un recorrido de verificación en compañía de Seguridad Pública, Dirección de Desarrollo Económico y Comunicación Social, para supervisar que las unidades económicas del municipio no ejercieran la venta de bebidas alcohólicas, esto con el objetivo de garantizar una jornada electoral pacífica y ordenada 🚫QUEDA PROHIBIDA EN TODO EL MUNICIPIO LA VENTA DE BEBIDAS, LOS DÍAS 03 Y 04 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO🚫 #GobiernoDeTexcalyacac #SeguridadPública #DirecciónDeDesarrolloEconómico #ComunicaciónSocial

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