En el artículo 20, frac. VI. del #BandoMunicipal de #ZumpanGO menciona que son faltas administrativas contra la seguridad ciudadana el:
Obstruir banquetas, camellones, andadores, retornos, aletas u otras vías peatonales, la entrada de vehículos, la visibilidad de las señales de tránsito o de las y los demás conductores, la entrada y salida de ambulancias o vehículos de emergencia, rampas especiales para personas con discapacidad y espacios destinados al estacionamiento de los vehículos mencionados.
Por lo que invitamos a las y los vecinos a respetar los pasos peatonales y accesos de vehículos de emergencia para evitar ser remitidos ante el juez conciliador.
#MejoramientoVial
#ZumpanGOOrdenado