Toluca Estado de México
20 de abril de 2017
Por unanimidad, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó dejar sin efecto el registro del candidato independiente a la gubernatura mexiquense Isidro Pastor Medrano, por considerar que el Instituto Electoral local no corroboró la información contenida en las 129 cajas presentadas con 413 mil 662 cédulas de apoyo ciudadano y la contenida en un “disco compacto” presentado por el interesado.
En las controversias presentadas se expresa la oposición al Acuerdo IEEM/CG/73/2017, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, por medio del cual se le otorga el registro como candidato independiente a Isidro Pastor Medrano.
El IEEM tenía la obligación de cotejar y validar la cédulas de respaldo ciudadano con el CD ante de que se enviará a la junta local del INE, en donde, comprobarán la veracidad de los documentos entregados.
El Instituto Electoral del Estado de México cuenta con un plazo de 12 días a partir del día siguiente en que se dé a conocer la sentencia para emitir una nueva resolución, después de realizar el procedimiento de verificación de cédulas de respaldo ciudadano, conforme a los parámetros que refiere la sentencia, se haya desahogado la garantía de audiencia de Pastor Medrano y se determine infundada o fundada la improcedencia del registro del aspirante.